En menos de 72 horas, el uso de la mascarilla dará un vuelco de 180º. Y es que la mascarilla dejará de ser obligatoria en espacios interiores a partir del próximo día 20 de abril.
Sin embargo, la nueva normativa tendrá sus excepciones y el uso de la mascarilla seguirá siendo obligatorio en los centros sanitarios, en los centros sociosanitarios y en el transporte público.
Además, las autoridades recomiendan utilizar la mascarilla en los siguientes espacios cerrados:
– En el ámbito laboral, siempre que el trabajo deba realizarse a distancia interpersonal de menos de 1,5 metros y no pueda garantizarse la ventilación adecuada del espacio. De todos modos, serán los servicios de prevención de los centros de trabajo los que decidirán sobre el uso.
– En espacios cerrados de uso público en los que las personas transitan como, por ejemplo, los centros comerciales, supermercados o pequeños comercios.
– En espacios cerrados en los que las personas permanecen tiempo sin comer ni beber: cines, teatros, salas de conciertos y museos.
– En espacios cerrados en los que las personas permanecen un tiempo comiendo y bebiendo: bares, restaurantes y locales de ocio nocturno.
– Y en el entorno familiar, las reuniones de amigos y celebraciones privadas.