El Gobierno catalán ha dado luz verde al decreto de acreditación de prescripción enfermera que permitirá que los más de 45.000 enfermeros y enfermeras de Catalunya puedan acreditarse para indicar, usar y dispensar medicamentos y productos sanitarios de uso humano. Este decreto, el primer texto normativo catalán que regula la prescripción enfermera, detalla el procedimiento que deberán seguir los profesionales para acreditarse.
En este sentido, de acuerdo con el Real Decreto estatal, para conseguir la acreditación deberán cumplir dos requisitos. El primero será disponer del título de Grado de Enfermería o equivalente, y el segundo requisito será o bien acreditar un mínimo de un año de experiencia profesional como enfermero o -si no se cumple este requisito- haber superado un curso de adaptación, que está elaborando el Departamento de Salud conjuntamente con el Consejo de Colegios de Enfermeras de Cataluña, y que se impartirá de manera gratuita a los profesionales que no puedan acreditar la antigüedad exigida.
La acreditación podrá ser otorgada por cuidados generales para el colectivo de enfermeros y enfermeras no especialistas, o por cuidados especializados para los especialistas. Desde el momento que la obtengan, esta acreditación ya capacitará a los enfermeros y las enfermeras para indicar, usar y autorizar la dispensación de productos sanitarios y de medicamentos no sujetos a prescripción médica. Esto supone un abanico de más de 4.700 productos sanitarios financiados, tales como apósitos, gasas y bolsas de ostomía, y más de 1.000 medicamentos que no necesitan prescripción médica, la gran mayoría no financiados.
Trámites para acreditarse
Todos los trámites para acreditarse serán electrónicos y deberán ser los mismos profesionales los que los soliciten. Ahora bien, como la mayor parte de los enfermeros y enfermeras que trabajan en Catalunya lo hacen en el sistema público de salud -unos 30.000 aproximadamente- el Decreto prevé un procedimiento extraordinario y más ágil para estos profesionales durante los primeros cuatro meses después de su entrada en vigor. En concreto, los enfermeros y enfermeras que trabajen en centros del sistema sanitario integral de utilización pública de Catalunya (SISCAT), y que en el momento de la entrada en vigor del Decreto lleven más de un año trabajando, no tendrán que preocuparse de tramitar su solicitud ya que serán los propios centros los que harán los trámites, con el consentimiento previo de los profesionales. De este modo, se prevé tener acreditados todos los enfermeros del SISCAT antes de finalizar el año.
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